¿Qué puedo hacer en Castelldans?
Dormir a dinssense treure res a fora
NO
la ordenanza municipal
Acamparpotes, tendal, taula
NO
401 €–600 €
la ordenanza municipal
Lo que cambia el 1 de octubre de 2026
Norma ya publicada que todavía no rige. Hoy no se aplica.
- Aparcar: SÍ, AMB LÍMIT · RGC arts. 91.2, 91.3, 92.2, 92.3.d, 92.4 y 94 (art. 93 suprimido desde 1-oct-2026); Ley 22/1988 de Costas arts. 33.5 y 97; RDLeg 6/2015 art. 80.1
- Dormir dentro: SÍ · 92.4 y 156
- Acampar: NO · 92.4
La nit d'avui aquíOpen-Meteo · ahora mismo
este términoespacio protegidomunicipios de al lado, con su color: se pueden tocar
Per què, i amb quin paper
NO
sem_prohibido_glosa
Manda la ordenanza municipal · 5.1.
«En el cas que es vulgui realitzar un estacionament superior a 12 hores o la pernocta, les caravanes, autocaravanes, campers o similars, hauran de estacionar el vehicle al recinte habilitat a l’Avinguda de l’Esport s/n.»
Aquí no, encara que la resta sí
el espacio protegido
DEPÈN
- El régimen de usos de cada espacio protegido está en su propio Plan de Ordenación de los Recursos Naturales, aprobado por la comunidad autónoma. Ahí es donde se prohíbe o se permite, y ahí es donde hay que mirar.
- La Ley 42/2007 NO tipifica pernoctar ni acampar. Su art. 80 tipifica vertidos, daños a hábitats y capturas de especies. Los tramos de multa del art. 81 solo entran si la conducta encaja en alguno de esos supuestos.
Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad art. 36.1
«La declaración de los Parques y Reservas Naturales exigirá la previa elaboración y aprobación del correspondiente Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la zona.»
Estas normas cubren parte del término, no todo. Una ordenanza municipal puede prohibir lo que el Estado permite, pero no puede permitir lo que el Estado prohíbe.
El terme, en dades
El terme
Castelldans és un término mediano de 11 per 10 quilòmetres. Dentro de sus límites hay 3 espacios protegidos, entre ellos Secans de Mas de Melons-Alfés. Ahí el régimen de usos lo fija el plan del propio espacio. Limita con 14 términos, y la respuesta puede cambiar al cruzar cualquiera de esas rayas.
| Superficie | 64 km² |
|---|---|
| Extensió | 11 × 10 km |
| Costa | no, terme interior |
| Espacios protegidos | 3 |
| Termes limítrofs | 14 |
Este término toca: Secans de Mas de Melons-Alfés, Els Bessons, Secans de Mas de Melons-Alfés.
3 espacios protegidos aquí dentro
Castelldans toca 3 figuras de la Red Natura 2000.
- Secans de Mas de Melons-Alfés
- Els Bessons
- Secans de Mas de Melons-Alfés
Dentro de ellas: el régimen de usos lo fija el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del propio espacio (Ley 42/2007 art. 36.1), no la ley estatal.
Calculado cruzando el polígono del municipio con los 27.172 espacios de la Red Natura 2000 de la Agencia Europea de Medio Ambiente. La figura cubre parte del término.
Totes les capes que apliquen
Per què — les capes que apliquen aquí
municipio · manda esta
Ordenanza de Castelldans
- Alcance: todo el municipio fuera del recinto habilitado de l'Avinguda de l'Esport.
- Quien quiera pernoctar debe hacerlo obligatoriamente en el recinto habilitado de l'Avinguda de l'Esport s/n; fuera de el la ordenanza no admite la pernocta.
- La ordenanza define pernoctar como pasar la noche en un lugar determinado (art. 3).
Ordenança municipal reguladora de l'estacionament i parada de caravanes art. 5.1 · verificado el 2025-02-21
«En el cas que es vulgui realitzar un estacionament superior a 12 hores o la pernocta, les caravanes, autocaravanes, campers o similars, hauran de estacionar el vehicle al recinte habilitat a l’Avinguda de l’Esport s/n.»
municipio
Ordenanza de Castelldans
- Alcance: solo el recinto habilitado de l'Avinguda de l'Esport s/n.
- Solo en el recinto habilitado de l'Avinguda de l'Esport s/n, de uso exclusivo para caravanas, autocaravanas, campers y vehiculos similares (art. 5.2).
- Maximo 48 horas; el Ayuntamiento puede autorizar otro periodo en casos excepcionales.
Ordenança municipal reguladora de l'estacionament i parada de caravanes art. 5.3 · verificado el 2025-02-21
«El període màxim d’estacionament és de 48 hores. En casos excepcionals, quan ho autoritzi l’Ajuntament, es pot decretar un altre període.»
zona protegida
3 espacios: Secans de Mas de Melons-Alfés · Els Bessons · Secans de Mas de Melons-Alfés
- El régimen de usos de cada espacio protegido está en su propio Plan de Ordenación de los Recursos Naturales, aprobado por la comunidad autónoma. Ahí es donde se prohíbe o se permite, y ahí es donde hay que mirar.
- La Ley 42/2007 NO tipifica pernoctar ni acampar. Su art. 80 tipifica vertidos, daños a hábitats y capturas de especies. Los tramos de multa del art. 81 solo entran si la conducta encaja en alguno de esos supuestos.
- Muchos planes prohíben la acampada libre y permiten el estacionamiento en viales y aparcamientos señalizados. No es una regla general: depende del plan.
Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad art. 36.1 · verificado el 2026-08-11
«La declaración de los Parques y Reservas Naturales exigirá la previa elaboración y aprobación del correspondiente Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la zona.»
pais
Espanya
- dormir dentro con todo recogido es ESTACIONAR, no acampar: no está tipificado
- patas estabilizadoras: prohibidas, convierten estacionar en acampar
- toldo, mesa, sillas, tender ropa, verter aguas: acampada
Reglamento General de Circulación; Ley 7/1985; Ley 42/2007 art. RGC, sin el apartado 92.4 (se añade el 1-10-2026) · verificado el 2026-08-08
«Se añade el apartado 4, con efectos de 1 de octubre de 2026, por el art. único.15 del Real Decreto 518/2026, de 24 de junio»
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Municipis contigus amb la seva norma. No diem on ha dormit altra gent: això és un altre producte.
La senyalització al lloc i l'autoritat local prevalen. Això reprodueix la norma escrita a la data indicada: no és assessorament jurídic ni una autorització.