¿Qué puedo hacer en Lles de Cerdanya?
Drinnen schlafenohne etwas herauszustellen
NEIN
la ordenanza municipal
CampenStützen, Markise, Tisch
NEIN
la ordenanza municipal
Lo que cambia el 1 de octubre de 2026
Norma ya publicada que todavía no rige. Hoy no se aplica.
- Aparcar: JA, MIT AUFLAGEN · RGC arts. 91.2, 91.3, 92.2, 92.3.d, 92.4 y 94 (art. 93 suprimido desde 1-oct-2026); Ley 22/1988 de Costas arts. 33.5 y 97; RDLeg 6/2015 art. 80.1
- Dormir dentro: JA · 92.4 y 156
- Acampar: NEIN · 92.4
Die heutige Nacht hierOpen-Meteo · ahora mismo
este términoespacio protegidomunicipios de al lado, con su color: se pueden tocar
Warum, und mit welchem Papier
NEIN
sem_prohibido_glosa
Manda la ordenanza municipal · 5.m.
«m) L’estacionament nocturn i pernocta de caravanes, autocaravanes, remolcs, furgonetes o elements similars, només es podrà dur a terme en càmpings i àrees expressament creades i condicionades amb aquesta finalitat; per tant, queda prohibida la pernocta de vehicles en les àrees d’estacionament de les estacions d’esquí de Cap del Rec (Lles), així com en l’àrea d’estacionament del pont del Vilar--Ermita de Sant Marc. L’horari hàbil d’estacionament en aquestes àrees es limita entre les 7.00h i les 21.00h.»
Hier nicht, im übrigen Gebiet schon
el espacio protegido
KOMMT DARAUF AN
- El régimen de usos de cada espacio protegido está en su propio Plan de Ordenación de los Recursos Naturales, aprobado por la comunidad autónoma. Ahí es donde se prohíbe o se permite, y ahí es donde hay que mirar.
- La Ley 42/2007 NO tipifica pernoctar ni acampar. Su art. 80 tipifica vertidos, daños a hábitats y capturas de especies. Los tramos de multa del art. 81 solo entran si la conducta encaja en alguno de esos supuestos.
Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad art. 36.1
«La declaración de los Parques y Reservas Naturales exigirá la previa elaboración y aprobación del correspondiente Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la zona.»
Estas normas cubren parte del término, no todo. Una ordenanza municipal puede prohibir lo que el Estado permite, pero no puede permitir lo que el Estado prohíbe.
Die Gemeinde in Zahlen
Die Gemeinde
Lles de Cerdanya ist eine ausgedehnte Gemeinde von 12 mal 16 Kilometern. Dentro de sus límites hay 3 espacios protegidos, entre ellos Tossa Plana de Lles-Puigpedrós. Ahí el régimen de usos lo fija el plan del propio espacio. Limita con 10 términos, y la respuesta puede cambiar al cruzar cualquiera de esas rayas.
| Superficie | 103 km² |
|---|---|
| Ausdehnung | 12 × 16 km |
| Costa | nein, Binnengemeinde |
| Espacios protegidos | 3 |
| Angrenzende Gemeinden | 10 |
Este término toca: Tossa Plana de Lles-Puigpedrós, Riu Verneda, Riu de la Llosa.
3 espacios protegidos aquí dentro
Lles de Cerdanya toca 3 figuras de la Red Natura 2000.
- Tossa Plana de Lles-Puigpedrós
- Riu Verneda
- Riu de la Llosa
Dentro de ellas: el régimen de usos lo fija el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del propio espacio (Ley 42/2007 art. 36.1), no la ley estatal.
Calculado cruzando el polígono del municipio con los 27.172 espacios de la Red Natura 2000 de la Agencia Europea de Medio Ambiente. La figura cubre parte del término.
Alle geltenden Ebenen
Warum — die hier geltenden Ebenen
municipio · manda esta
Ordenanza de Lles de Cerdanya
- Alcance: todo el término municipal fuera de campings y de áreas expresamente creadas y acondicionadas a tal fin; en particular, prohibida en las áreas de aparcamiento de las estaciones de esquí de Cap del Rec (Lles) y en el área del pont del Vilar-Ermita de Sant Marc.
- El estacionamiento nocturno y la pernocta solo pueden hacerse en campings y en áreas expresamente creadas y acondicionadas con esa finalidad.
- Queda expresamente prohibida la pernocta en las áreas de aparcamiento de las estaciones de esquí de Cap del Rec (Lles) y en el área de aparcamiento del pont del Vilar-Ermita de Sant Marc.
Ordenança reguladora de l'estacionament d'autocaravanes art. 5.m · verificado el 2022-10-11
«m) L’estacionament nocturn i pernocta de caravanes, autocaravanes, remolcs, furgonetes o elements similars, només es podrà dur a terme en càmpings i àrees expressament creades i condicionades amb aquesta finalitat; per tant, queda prohibida la pernocta de vehicles en les àrees d’estacionament de les estacions d’esquí de Cap del Rec (Lles), així com en l’àrea d’estacionament del pont del Vilar--Ermita de Sant Marc. L’horari hàbil d’estacionament en aquestes àrees es limita entre les 7.00h i les 21.00h.»
zona protegida
3 espacios: Tossa Plana de Lles-Puigpedrós · Riu Verneda · Riu de la Llosa
- El régimen de usos de cada espacio protegido está en su propio Plan de Ordenación de los Recursos Naturales, aprobado por la comunidad autónoma. Ahí es donde se prohíbe o se permite, y ahí es donde hay que mirar.
- La Ley 42/2007 NO tipifica pernoctar ni acampar. Su art. 80 tipifica vertidos, daños a hábitats y capturas de especies. Los tramos de multa del art. 81 solo entran si la conducta encaja en alguno de esos supuestos.
- Muchos planes prohíben la acampada libre y permiten el estacionamiento en viales y aparcamientos señalizados. No es una regla general: depende del plan.
Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad art. 36.1 · verificado el 2026-08-11
«La declaración de los Parques y Reservas Naturales exigirá la previa elaboración y aprobación del correspondiente Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la zona.»
pais
Spanien
- dormir dentro con todo recogido es ESTACIONAR, no acampar: no está tipificado
- patas estabilizadoras: prohibidas, convierten estacionar en acampar
- toldo, mesa, sillas, tender ropa, verter aguas: acampada
Reglamento General de Circulación; Ley 7/1985; Ley 42/2007 art. RGC, sin el apartado 92.4 (se añade el 1-10-2026) · verificado el 2026-08-08
«Se añade el apartado 4, con efectos de 1 de octubre de 2026, por el art. único.15 del Real Decreto 518/2026, de 24 de junio»
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