¿Qué puedo hacer en Organyà?
Parkendas Fahrzeug, auf der Straße
NICHT BELEGT
keine gelesene Norm
Drinnen schlafenohne etwas herauszustellen
JA
la regla nacional · la local no está leída
CampenStützen, Markise, Tisch
NEIN
201 €–400 €
la ordenanza municipal
Lo que cambia el 1 de octubre de 2026
Norma ya publicada que todavía no rige. Hoy no se aplica.
- Aparcar: JA, MIT AUFLAGEN · RGC arts. 91.2, 91.3, 92.2, 92.3.d, 92.4 y 94 (art. 93 suprimido desde 1-oct-2026); Ley 22/1988 de Costas arts. 33.5 y 97; RDLeg 6/2015 art. 80.1
- Dormir dentro: JA · 92.4 y 156
- Acampar: NEIN · 92.4
Die heutige Nacht hierOpen-Meteo · ahora mismo
este términoespacio protegidomunicipios de al lado, con su color: se pueden tocar
Das Urteil stammt aus der nationalen Norm: die örtliche Satzung von Organyà wurde noch nicht gelesen, und in Spanien kann die Gemeinde sie verschärfen. Deshalb ist der Rand gestrichelt.
NICHT BELEGT
No hemos leído la norma local de Organyà, y en Spanien el ayuntamiento puede prohibir lo que la ley del Estado permite. Lo único que sabemos aquí es lo que dice la norma nacional, y eso no basta para un sí.
Das heißt nicht, dass es verboten ist: es heißt, dass wir es nicht geprüft haben. Unten steht, was wir wissen, mit dem amtlichen Dokument.
Hier nicht, im übrigen Gebiet schon
el espacio protegido
KOMMT DARAUF AN
- El régimen de usos de cada espacio protegido está en su propio Plan de Ordenación de los Recursos Naturales, aprobado por la comunidad autónoma. Ahí es donde se prohíbe o se permite, y ahí es donde hay que mirar.
- La Ley 42/2007 NO tipifica pernoctar ni acampar. Su art. 80 tipifica vertidos, daños a hábitats y capturas de especies. Los tramos de multa del art. 81 solo entran si la conducta encaja en alguno de esos supuestos.
Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad art. 36.1
«La declaración de los Parques y Reservas Naturales exigirá la previa elaboración y aprobación del correspondiente Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la zona.»
Estas normas cubren parte del término, no todo. Una ordenanza municipal puede prohibir lo que el Estado permite, pero no puede permitir lo que el Estado prohíbe.
Die Gemeinde in Zahlen
Die Gemeinde
Organyà ist eine kleine Gemeinde von 4 mal 6 Kilometern. Dentro de sus límites hay 1 espacio protegido: Serra de Prada-Castellàs. Ahí el régimen de usos lo fija el plan del propio espacio. Limita con 6 términos, y la respuesta puede cambiar al cruzar cualquiera de esas rayas.
| Superficie | 12 km² |
|---|---|
| Ausdehnung | 4 × 6 km |
| Costa | nein, Binnengemeinde |
| Espacios protegidos | 1 |
| Angrenzende Gemeinden | 6 |
Este término toca: Serra de Prada-Castellàs.
1 espacio protegido aquí dentro
Organyà toca 1 figura de la Red Natura 2000.
- Serra de Prada-Castellàs
Dentro de ellas: el régimen de usos lo fija el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del propio espacio (Ley 42/2007 art. 36.1), no la ley estatal.
Calculado cruzando el polígono del municipio con los 27.172 espacios de la Red Natura 2000 de la Agencia Europea de Medio Ambiente. La figura cubre parte del término.
Alle geltenden Ebenen
Warum — die hier geltenden Ebenen
municipio
Ordenanza de Organyà
- Alcance: solo el área de autocaravanas (9 plazas).
- el texto cuenta la estancia en el área por noches, lo que ampara dormir dentro del vehículo hasta ese límite
- sin desplegar patas estabilizadoras, toldos, sillas ni mesas: eso sería acampar
Ordenança reguladora de l'estacionament d'autocaravanes i de l'ús de l'àrea habilitada al municipi art. 8 (infraccions lleus, c) · verificado el 2019-11-27
«c. Utilitzar l’àrea d’autocaravanes més de dos nits seguides o 48 h.»
municipio
Ordenanza de Organyà
- Alcance: todo el término municipal (vías urbanas).
- la ordenanza no emplea la palabra pernoctar, pero define el estacionamiento como válido con independencia de que haya personas dentro, de día o de noche
- la permanencia de personas dentro solo sigue siendo estacionamiento si no se amplía el perímetro del vehículo ni se ocupan la vía con sillas, mesas o similares, se sustenta sobre sus ruedas o calzos, no baja las patas estabilizadoras y no vierte fluidos
Ordenança reguladora de l'estacionament d'autocaravanes i de l'ús de l'àrea habilitada al municipi art. 2 (definicions) · verificado el 2019-11-27
«● Estacionament: Immobilització de l’autocaravana a la via pública, d’acord amb les normes de trànsit i circulació en vigor, independentment de la permanència o no de persones al seu interior, tant en horari diürn com nocturn, i sempre que no superi o ampliï el seu perímetre en marxa mitjançant la transformació o desplegament d’elements propis i no ocupi la via amb útils o estris com cadires, taules i similars, se sustenti sobre les seves pròpies rodes o falques, no tingui baixades les potes estabilitzadores ni qualsevol altre artefacte, i no aboqui fluids o residus a la via.»
zona protegida
Serra de Prada-Castellàs
- El régimen de usos de cada espacio protegido está en su propio Plan de Ordenación de los Recursos Naturales, aprobado por la comunidad autónoma. Ahí es donde se prohíbe o se permite, y ahí es donde hay que mirar.
- La Ley 42/2007 NO tipifica pernoctar ni acampar. Su art. 80 tipifica vertidos, daños a hábitats y capturas de especies. Los tramos de multa del art. 81 solo entran si la conducta encaja en alguno de esos supuestos.
- Muchos planes prohíben la acampada libre y permiten el estacionamiento en viales y aparcamientos señalizados. No es una regla general: depende del plan.
Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad art. 36.1 · verificado el 2026-08-11
«La declaración de los Parques y Reservas Naturales exigirá la previa elaboración y aprobación del correspondiente Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la zona.»
pais
Spanien
- dormir dentro con todo recogido es ESTACIONAR, no acampar: no está tipificado
- patas estabilizadoras: prohibidas, convierten estacionar en acampar
- toldo, mesa, sillas, tender ropa, verter aguas: acampada
Reglamento General de Circulación; Ley 7/1985; Ley 42/2007 art. RGC, sin el apartado 92.4 (se añade el 1-10-2026) · verificado el 2026-08-08
«Se añade el apartado 4, con efectos de 1 de octubre de 2026, por el art. único.15 del Real Decreto 518/2026, de 24 de junio»
Nachbargemeinden
In der Nähe
Fígols i Alinyà · regla nacionaljaCabó · regla nacionaljaColl de Nargó · regla nacionaljaRibera d'Urgellet · ordenanza propianeinValls d'Aguilar, Les · regla nacionaljaOliana · regla nacionaljaOdèn · regla nacionaljaVansa i Fórnols, La · regla nacionaljaPeramola · regla nacionaljaAbella de la Conca · regla nacionalja
Angrenzende Gemeinden mit ihrer Norm. Wir sagen nicht, wo andere übernachtet haben: das ist ein anderes Produkt.
Die Beschilderung vor Ort und die örtliche Behörde haben Vorrang. Dies gibt die zum genannten Datum geschriebene Norm wieder: keine Rechtsberatung und keine Genehmigung.