¿Qué puedo hacer en Albuixech?
Aparcarel vehículo, en la vía
NO CONSTA
sin norma leída
Dormir dentrosin sacar nada fuera
SÍ
la regla nacional · la local no está leída
Acamparpatas, toldo, mesa
NO CONSTA
sin norma leída
Lo que cambia el 1 de octubre de 2026
Norma ya publicada que todavía no rige. Hoy no se aplica.
- Aparcar: SÍ, CON LÍMITE · RGC arts. 91.2, 91.3, 92.2, 92.3.d, 92.4 y 94 (art. 93 suprimido desde 1-oct-2026); Ley 22/1988 de Costas arts. 33.5 y 97; RDLeg 6/2015 art. 80.1
- Dormir dentro: SÍ · 92.4 y 156
- Acampar: NO · 92.4
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El veredicto sale de la norma nacional: la ordenanza local de Albuixech no está leída todavía, y en España el ayuntamiento puede endurecerla. Por eso el borde va discontinuo.
NO CONSTA
No hemos leído la norma local de Albuixech, y en España el ayuntamiento puede prohibir lo que la ley del Estado permite. Lo único que sabemos aquí es lo que dice la norma nacional, y eso no basta para un sí.
Esto no significa que esté prohibido: significa que no lo hemos comprobado. Debajo está lo que sí sabemos, con su documento oficial.
El área habilitada por ordenanza que hemos leído está en Camarles, a unos 161 km. El término con norma propia leída más cercano es Canet d'En Berenguer, a unos 18 km.
Aquí no, aunque el resto del término sí
la ley de costas, solo en la playa
NO
- prohibido el propio ESTACIONAMIENTO, no solo dormir: no hace falta sacar nada
Ley 22/1988 de Costas art. 33.5 y 97
«Quedarán prohibidos el estacionamiento y la circulación no autorizada de vehículos, así como los campamentos y acampadas.»
Estas normas cubren parte del término, no todo. Una ordenanza municipal puede prohibir lo que el Estado permite, pero no puede permitir lo que el Estado prohíbe.
El término, en datos
El término
Albuixech es un término muy pequeño de 3 por 2 kilómetros. Tiene frente marítimo, y eso importa: la franja de dominio público marítimo-terrestre se rige por su propia norma, distinta de la del resto del término. Limita con 8 términos, y la respuesta puede cambiar al cruzar cualquiera de esas rayas.
| Superficie | 4 km² |
|---|---|
| Extensión | 3 × 2 km |
| Costa | sí, tiene frente marítimo |
| Términos limítrofes | 8 |
Todas las capas que aplican
Por qué — las capas que aplican aquí
costa
Dominio público marítimo-terrestre (playa)
- prohibido el propio ESTACIONAMIENTO, no solo dormir: no hace falta sacar nada
Ley 22/1988 de Costas art. 33.5 y 97 · verificado el 2026-08-08
«Quedarán prohibidos el estacionamiento y la circulación no autorizada de vehículos, así como los campamentos y acampadas.»
pais
España
- dormir dentro con todo recogido es ESTACIONAR, no acampar: no está tipificado
- patas estabilizadoras: prohibidas, convierten estacionar en acampar
- toldo, mesa, sillas, tender ropa, verter aguas: acampada
Reglamento General de Circulación; Ley 7/1985; Ley 42/2007 art. RGC, sin el apartado 92.4 (se añade el 1-10-2026) · verificado el 2026-08-08
«Se añade el apartado 4, con efectos de 1 de octubre de 2026, por el art. único.15 del Real Decreto 518/2026, de 24 de junio»
En la playa la respuesta es no aunque el municipio sea permisivo: la prohibición es estatal y no necesita cartel.
Municipios de al lado
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Municipios contiguos con su norma. No decimos dónde ha dormido otra gente: eso es otro producto.
La señalización en el lugar y la autoridad local prevalecen. Esto reproduce la norma escrita a la fecha indicada: no es asesoramiento jurídico ni una autorización.